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domingo, 29 de septiembre de 2013

EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA

TERCERO DE BACHILLERATO
PARA EL DIA MARTES


Xenofobia contra Bolivianos
La muerte absurda de MARCELINA MENESES y su hijo JOSUA TORREZ de 10 meses de edad,
debe ser un causa que abracemos todos los bolivianos y la gente de bien que lucha por una
sociedad justa en la Argentina.
Ellos murieron al ser arrojados de una formación ferroviaria en las proximidades de la estación de
Avellaneda, Provincia de Buenos Aires.  Hasta el momento hay un sólo testigo que se presentó a declarar. Él dice haber presenciado los insultos racistas que terminaron con un empujón criminal. También asegura que la empresa Ferrocarriles Metropolitanos intentó sobornarlo.
En la causa, Ferrocarriles Metropolitanos niega todo y es más, asegura que la Marcelina no viajaba
en el tren.
He aquí la versión de los hechos según Julio César Giménez, el único testigo valiente que se atreve a dar la cara. Rodeado de bolivianos, contó por primera vez su versión en público, que
transcribimos a continuación.  Julio asegura que la mujer fue empujada del tren en movimiento por un obrero después de que varios pasajeros la agredieron con insultos xenófobos.
“La empresa envió a dos personas a ofrecerme dinero para que cambiara mi declaración”. Usaron
el mismo argumento que otro usó ese día en el tren: que los bolivianos les sacan el trabajo a los argentinos”.
Recordemos que Julio César Giménez es usuario habitual del tren y se desempeña como empleado de una cooperativa.  El mismo fue contactado por la familia de Marcelina a través de los
carteles que se pegaron en todas las estaciones del Ramal Roca, en busca de testigos  presenciales de lo que pasó el 10 de enero del 2001.  Consultada por Página/12, la empresa desmintió a Giménez: negó el presunto soborno y aseguró que Meneses murió al ser rozada por el tren cuando caminaba con su hijo junto a las vías del Roca, entre las estaciones de Avellaneda y Gerli.  Lo cierto es que si Froilán Torres y su hermana Reyna, el marido y la cuñada de Marcelina, no hubieran hecho esos volantes con su foto, este hecho hubiera pasado a la historia como un accidente más. Sin embargo y como verán mas adelante esto es parte de un asesinato xenófobo en contra de una ciudadana boliviana.  Los hermanos Torres, a partir de la desconfianza que impone su propia condición de migrantes en este país, buscaron obsesivamente y por su cuenta
a alguno de los pasajeros que la mañana del 10 de enero estaban en el vagón al que la mujer
subió con su hijo Josuá, de diez meses.  Ellos tenían un turno con un médico del hospital
Finochietto de Avellaneda. “Alguno tenía que haber visto” -dice Froilán-. “Y aunque los de la
empresa sacaban los carteles y me dijeron que no tenía permiso, los pegamos igual en los árboles”.  Julio Giménez, es un hombre campechano, de 42 años. Trabajador de una cooperativa de empleados legislativos, y a cargo de una asociación civil que coordina un comedor para chicos pobres y una biblioteca en Ezpeleta.
El dice que ya había decidido declarar. “Lo hablé mucho con mi señora, que es hija de bolivianos,
y cuando vi el teléfono que dejaron los llamé”.  Lo que Giménez contó cambió el curso de las
cosas. Según su relato, Marcelina subió alrededor de las 9.05 horas en la estación de Espeleta.
Ella se quedó parada, con el bebé en la espalda, y cargada de bolsos, a metros de la puerta que da al espacio que hay entre vagones.  Cuando se acercaban a la estación Avellaneda,  antes de la curva que pasa frente al estadio de Independiente, ella se acomodó para enfilar a la salida del tren y en ese movimiento rozó con los bolsos, el hombro de un pasajero de unos 65 años, de saco marrón, que le gritó: “¡Boliviana de mierda! ¡No mirás cuando caminás!”. La mujer calló.
Giménez intervino: “Che, tengan más cuidado, es una señora con un bebé”. En ese instante intervino un segundo pasajero: “Qué defendés vos, si estos bolivianos son los que nos vienen
a quitar trabajo. Igual que los paraguayos y los peruanos”.  Giménez siguió discutiendo. “Pará la mano hermano, que eso es lo que venden los políticos.  Somos todos latinoamericanos”, opinó. Y le gritaron:
“¿Vos qué sos? ¿Antipatria?”.
Según Giménez, desde el fondo apareció un guardia de los que custodian las formaciones. Ya
se había formado la fila de pasajeros para bajar del tren. El uniformado avanzó hasta que escuchó
que la discusión y los insultos xenófobos.  “¡Uh! ¡Otra vez estos bolivianos haciendo quilombo!
¡Me tienen podrido. ¡Yo me las tomo!”,
dijo.
“Fue una cosa de segundos”. Se había sumado otra gente. Hubo más insultos y escucho que
uno que estaba de ropa de grafa le dice a un compañero: “¡Uy, Daniel, la puta que te parió, la
empujaste!”. 
El testigo asegura que entonces el tren se detuvo.  Él regresó caminando cien metros hacia el lugar en el que quedaron el cuerpo de Meneses y de Josua.  “La empresa y la policía tomó intervención en el acto. Los que llegaron media hora larga después fueron los bomberos. Yo le dije a un policía de la Federal que había visto lo que pasó pero él me echó detrás de la valla”, asegura.
Esto último no es un dato aislado. Desde el comienzo, la empresa TMR sostuvo que Meneses
fue atropellada cuando caminaba. Y consultado por Página/12, el fiscal Andrés Devoto, que investiga el supuesto homicidio, aseguró que en la causa las actuaciones policiales indican que el
cuerpo no fue hallado enseguida, como sostiene Giménez.  Pero el testigo asegura que fue justamente la visión de los cuerpos de Marcelina y Josua lo que lo dejó perplejo: “Todavía ese día le dije a un pasajero, mirá hermano, la mano todavía se le mueve”. Según el testigo, dos días después de la denuncia en la comisaría 1ª de Avellaneda, de la misma seccional lo llamaron para preguntarle cómo llegar a su casa.  Al día siguiente lo visitaron dos hombres que se identificaron como de TMR. “A vos te haría falta un autito”, dice que le dijeron. “Veo que tenés un asociación civil, vos sabés que Ferrocarriles hace donaciones...”, fue otra de las sugerencias.
“Vos sabés que TMR da trabajo a mucha gente. En cambio los bolivianos le quitan el trabajo a los
argentinos, a vos, a tu viejo, a todos”, habría sido el último argumento

TOMADO DEL DIARIO EL CLARIN, AÑO 2007

Primera guerra mundial (Resumen)



DÉCIMO GRADO DE BÁSICA
OBSERVAR ESTE RESUMEN LLENAR ORGANIZADOR GRÁFICO
http://bit.ly/1fA5Rqb

martes, 24 de septiembre de 2013

TERCERO DE BACHILLERATO

ESCASEZ

Este concepto se usa en el contexto de la Economía y las finanzas públicas.
Surge de la interrelación entre las necesidades humanas y los Recursos disponibles para satisfacerlas.
Las necesidades del hombre por consumir Bienes y servicios exceden la cantidad de ellos que la economía puede producir con los recursos disponibles, quedando siempre algunas necesidades insatisfechas. En otras palabras, se puede considerar las necesidades humanas como infinitas, en tanto que los Recursos existentes para satisfacerlas son limitados, hecho que genera la situación de escasez. De modo que la escasez no es un atributo de un Bien o Recurso en particular, sino que es reflejo de una situación: la interrelación entre necesidades y Recursos.
Debe distinguirse entre el concepto de escasez y el hecho físico de que los recursos sean limitados. Así por ejemplo, el petróleo durante la Edad Media no era escaso, debido a que aún no se manifestaba ninguna Necesidad susceptible de ser satisfecha con su Consumo, no obstante que su disponibilidad total era limitada, al igual que hoy en día. También el agua del océano Pacífico es limitada, pero no escasa.
Es el Mercado el que determina cuáles Recursos han de ser escasos, por cuanto es allí donde se manifiestan las necesidades.
De manera que el fenómeno de la Escasez da lugar al acto de la elección y a la formación de los Precios de los Bienes y de los Factores Productivos.
La economía consiste esencialmente en el estudio de los problemas de escasez.
TOMADO DE ECO - FINANZAS

jueves, 19 de septiembre de 2013



TERCERO DE BACHILLERATO

ECONOMIA

Las Necesidades:
·         Definición
“Es la sensación de un estado no satisfecho acompañado del deseo de poner fin a esta situación” (1)
“…como cualquier apetencia de algo siempre que los medios para satisfacerlas sean limitados”.(2)
“Es una especie de déficit que es preciso colmar, es la sensación de que nos hace falta algo” (4).
·         Clasificación
Son varias las clasificaciones sobre necesidades se han hecho.  Aquí les presentamos una forma de clasificar que no necesariamente es la más importante, pero que si es más comprensible.
“Necesidades Físicas o corporales.
-          Biológicas.- es cuya satisfacción es de carácter imperativo, en el sentido de que si no las satisface en su totalidad el hombre puede sufrir trastornos físicos o psíquicos o causar la muerte, tal es el caso delas funciones vegetativas, respirar, vestirse, nutrirse, etc.
-          Existencia Social.- Son aquellas que se crean en el hombre por imposición del medio social en el que habita.
Necesidades Morales y Espirituales.
Se generan en la parte síquica del individuo y se nutren de las manifestaciones del conocimiento y de las creaciones artísticas.  Son de carácter subjetivo y no todas ellas tienen una clara significación económica.
Necesidades de Lujo o  Suntuarias.- Todo aquel consumo que no satisface necesidades corporales o espirituales cae dentro del concepto de lujo.
-          Individual.- Esta estrechamiento relacionado con el monto de ingresos que se posea, como por ejemplo asistir a un cine es una necesidad corriente de las personas de clase media; en tanto que para personas de bajos recursos como los campesinos y pobres de nuestro país.
-          Colectivo.- Va de acuerdo con el monto de ingresos medios que puede generar un país, lo que señala a grandes rasgos que tipo de bienes podríamos llamar suntuarios.
-          Desarrollo.- En el paso hubo criterios que el lujo era un estímulo para el mejoramiento cualitativo de la industria, que al requerir el empleo de grandes capitales, constituyó uno de los principales fundamentos para el surgimiento del capitalismo como forma económica.
-          Social.- Preferentemente se presenta en reducidos grupos o círculos sociales denominadas clases altas que detentan el poder económico y que históricamente han servido para mantener y marcar diferencias entre los diversos estamentos sociales quedando el irritante malestar.
Necesidades Colectivas.- Desde el momento en que el hombre vive en sociedad, una parte de necesidades de mucha importancia, solo pueden solucionarse entre todos los miembros de la comunidad, a lo que se denomina colectivas”  (2)
·         Características
Las necesidades se caracterizan por lo siguiente:

-          “Ilimitadas en su número.- se debe al avance constante de la civilización…las necesidades del hombre primitivo acrecieron hasta llegar a la época actual.
-          Limitadas en su capacidad.- Para satisfacer una necesidad basta una cantidad determinada de un bien cualquiera.
-          Concurrentes.- Las necesidades se reemplazan unas a otras.  Así podrá reemplazarse la necesidad de concurrir a un espectáculo cinematográfico por la de asistir auna exposición de arte.
-          Complementarias.- Una necesidad engendra otras que le son complementarias siendo poco frecuente la satisfacción aislada.
-          Tiende a convertirse en costumbre.- Las necesidades, aún las más artificiales, tienden a renovarse con regularidad, cambiando las costumbres en el satisfactor.” (1)

domingo, 15 de septiembre de 2013

TERCERO DE BACHILLERATO



RELACIÓN ENTRE DERECHOS, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Los deberes y derechos se entienden, erróneamente, como una contraparte mutua, a la que se le da un sentido: teniendo el deber de contribuir al bienestar general, la persona puede exigir a la comunidad que lo proteja y le dé sentido de pertenencia.
Esta relación entre deberes y derechos parte de un concepto correcto: todo derecho de una persona implica una clara obligación en los demás —el derecho a estudiar de un joven significa que los demás no le impidan estudiar, lo que no quiere decir que tenga él el derecho a pedir que paguen sus estudios.
Pero ese concepto correcto es totalmente desvirtuado al ser reducido a un intercambio de favores entre una persona y el resto —la persona intercambiaría una acción suya en pro de la comunidad a cambio de que le dieran otra cosa. Es limitado, pero sobre todo, carece de significado.
Los deberes de las personas van mucho más allá de ayudar a la construcción del bienestar común —se refieren a deberes con otros y a deberes consigo mismo bajo una regla general de tratar a otros como uno quisiera ser tratado. Esto es mucho más concreto que la vaguedad de “ayudar al bien común”.
Los derechos de las personas van mucho más allá de ser un producto de leyes —son una serie de derechos que salen de la naturaleza humana misma y que funcionan de una manera clara: ningún derecho de una persona puede afectar un derecho de otra. El derecho a comer no justifica robar a otra persona.
- See more at: http://contrapeso.info/2012/derechos-y-deberes-su-significado/#sthash.am5IrhDd.dpuf
Derechos y deberes de la sociedad

     VALE LA pena auscultar la respuesta pública ante la idea que se ha reactivado actualmente de reducir la edad de imputabilidad, en vigencia hoy a partir de los 16 años.
    
     DEMOSTRADO ESTA que a tal edad toda persona es consciente del daño que es capaz de producir con sus actos y sus acciones, deliberados o no. Las experiencias personales de cada uno relevan de mayores comentarios al respecto. La propia infancia le advierte tempranamente a todo ser humano que ocasionar perjuicios al prójimo lleva implícita la concepción de la culpa propia y del sufrimiento ajeno.
    
     VIENE A cuento para ratificarlo la histórica anécdota del niño espartano que robó un pequeño zorro y que, ante la presencia de las autoridades, para evitar que lo sorprendieran con la presa en su mano, lo escondió bajo su vestimenta. Con lo cual, el animalito, para liberarse le ocasionó rasguños y graves heridas en el cuerpo que soportó estoicamente antes que asumir las consecuencias de su mala acción.
    
     NO HACE falta llegar a tales extremos -por más que la rígida conducta contribuyera tanto al poderío de Esparta- para lograr que los menores, y más aún los adolescentes, tomen conciencia de que no todo es lícito, y de que existen límites y normas de respeto mutuo que son imprescindibles para que una sociedad funcione. Y que, además de ser ilegal, es inhumano provocar el sufrimiento, el dolor o la desgracia ajena.
    
     LO CONTRARIO significa inducirlos al abuso, al vale todo, a pensar que los demás no merecen consideración alguna porque delinquir es un acto admitido y propio de su edad. Ello, con el agravamiento de que la condición de inimputables es aprovechada por personas inescrupulosas para usar a los menores como arietes en sus actos delictivos.
    
     ELLO, ADEMAS de la contradicción tantas veces señalada de que si a tal edad son hábiles intelectualmente para votar y elegir a sus gobernantes, mucho más lo deben ser para tomar conciencia de que ser injustos con el prójimo produce dolor y sufrimiento ajenos.
    
     DE LO que tampoco cabe duda es de que la sanción no debería canalizarse por el sistema penal carcelario exclusivamente punitorio, sino mediante la creación o el perfeccionamiento de organismos especiales, conducidos por personas capacitadas para contribuir a su recuperación. Preparándolos para desarrollar actividades que les permitan disponer de herramientas aptas para ganarse dignamente la vida. Y también para que sean capaces de asumir tanto sus propios derechos como sus imprescindibles límites. Desde luego, no es una tarea fácil, pero sí una respuesta civilizada.


DERECHO
La palabra derecho deriva de la voz latina directum, que significa "lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma", o como expresa Villoro Toranzo, "lo que no se desvía ni a un lado ni otro".3
La expresión aparece, según Pérez Luño, en la Edad Media para definir al derecho con connotaciones morales o religiosas, el derecho "conforme a la recta razón". Esto es así si tenemos en cuenta frases como "non omne quod licet honestum est" (no todo lo que es lícito es honesto, en palabras del jurista romano Paulo), que indica el distanciamiento de las exigencias del derecho respecto a la moral.
Esta palabra surge por la influencia estoico-cristiana tras la época del secularizado derecho de la época romana y es el germen y raíz gramatical de la palabra "derecho" en los sistemas actuales: diritto, en italiano; direito, en portugués; dreptu, en rumano; droit, en francés; a su vez, right, en inglés; recht en alemán y en neerlandés, donde han conservado su significación primigenia de "recto" o "rectitud."
Derecho objetivo y derecho subjetivo
El Derecho objetivo puede responder a distintas significaciones:
  • El conjunto de reglas que rigen la convivencia de los hombres en sociedad.
  • Norma o conjunto de normas que por una parte otorgan derechos o facultades y por la otra, correlativamente, establecen o imponen obligaciones.
  • Conjunto de normas que regulan la conducta de los hombres, con el objeto de establecer un ordenamiento justo de convivencia humana.
El Derecho subjetivo se puede decir que es:
  • La facultad que tiene un sujeto para ejecutar un acto con determinada conducta o abstenerse de ella, o para exigir de otro sujeto el cumplimiento de su deber.
  • La facultad, la potestad o autorización que conforme a la norma jurídica tiene un sujeto frente a otro u otros sujetos, ya sea para desarrollar su propia actividad o determinar la de aquellos.
  • Es una concesión de autoridad otorgada por una norma jurídica una persona o grupo en virtud de la cual queda legitimada para desplegar una determinada conducta sobre una o más personas o cosas.
El Derecho subjetivo se clasifica en:
Concepto
Del Derecho se ha dicho que es un conjunto de normas jurídicas que forman un sistema hermético al punto que las soluciones hay que buscarlas en las propias normas, criterio válido durante mucho tiempo y que, por lo demás, hay cierta cuota de certeza que ofrece seguridad jurídica a las relaciones sociales que se desarrollan en ese lugar.
En principio, digamos que es un conjunto de normas de carácter general, que se dictan para regir sobre toda la sociedad o sectores preestablecidos por las necesidades de la regulación social, que se imponen de forma obligatoria a los destinatarios, y cuyo incumplimiento debe acarrear una sanción coactiva o la respuesta del Estado a tales acciones. Estas normas no son resultado solamente de elementos racionales, sino que en la formación de las mismas inciden otros elementos, tales como intereses políticos y socioeconómicos, de valores y exigencias sociales predominantes, en tanto condicionan una determinada voluntad política y jurídica, que en tanto se haga dominante se hace valer a través de las normas de Derecho. A su vez esas normas expresan esos valores, conceptos y exigencias, y contendrán los mecanismos para propiciar la realización de los mismos a través de las conductas permitidas, prohibidas o exigidas en las diferentes esferas de la vida social.
El término deberes hace referencia a las actividades, actos y circunstancias que implican una determinada obligación moral o ética. Generalmente, los deberes se relacionan con determinadas actitudes que todos los seres humanos, independientemente de su origen, etnia, edad o condiciones de vida están obligados a cumplir a modo de asegurar al resto de la humanidad la posibilidad de vivir en paz, dignidad y con ciertas comodidades. Los deberes son, entonces, uno de los puntos más importantes de todos los sistemas de leyes y de constituciones nacionales porque tienen que ver con lograr formas comunitarias y sociedades más equilibradas en donde todos acceden del mismo modo a sus derechos.
Siempre que se habla de deberes, se hace referencia de una manera u otra a algún tipo de obligación, ya sea esta moral, económica, social o política. Los deberes pueden estar implícita o explícitamente establecidos en una sociedad y esto tiene que ver con las costumbres específicas de cada comunidad así como también con la noción de supervivencia de la misma (ya que los deberes muchas veces están relacionados con la permanencia de las condiciones más óptimas para el desarrollo de tal comunidad). En muchos casos, los deberes modernos tales como el pago de impuestos, el respeto de reglas viales, la participación política o el cumplimiento con determinados niveles de alfabetización, se suman a leyes y deberes tradicionales que existen desde siempre en todas las sociedades.
Uno de los puntos más importantes de los deberes es el momento en que estos se enlazan con la noción de derechos. Normalmente, se considera que el cumplimiento de los deberes de una persona tiene que ver con respetar los derechos de otro. Por tanto, ambos se relacionan y son de igual manera esenciales para que los miembros de una sociedad puedan convivir de manera ordenada y organizada. La contraposición deberes/derechos es inherente a todos y cada uno de los individuos que forman una sociedad.